El día después de mañana: vacunación en la era de la posverdad

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Transcurridos meses desde el inicio de la pandemia, y en especial durante los últimos días, mucho se especula con la fecha de disponibilidad de una vacuna. Pero poco se mencionan los desafíos relativos a su implementación. En este artículo pretendo adentrarme en uno de ellos, dado su escaso desarrollo en la agenda pública: qué hacer con quienes se resistan a aplicarse la vacuna contra el virus SARS-CoV-2.

Frente a la incipiente aparición de sectores anti-vacunas que esbozan falacias frecuentemente amplificadas en las redes sociales, desde el Estado deben formularse estrategias para contrarrestar la influencia de esta minoría intensa y así efectivizar la aplicación universal de una futura vacuna.

La buena noticia es que Argentina cuenta con una tasa de apoyo a la vacunación del 98%. Sin embargo, tal como especifica la OMS, el problema no son tanto los anti-vacunas, sino los escépticos que no confían plenamente en ellas. Ya en 2019 este organismo calificaba a dicho grupo como uno de los 10 riesgos para la salud global. Influenciados por factores contextuales e ideológicos, representan un grupo del que no se poseen estadísticas y que se erige como un obstáculo frente a los programas de inmunización colectiva.

De acuerdo a la Ley 27.491 de Control de enfermedades prevenibles por vacunación de 2018, las vacunas incluidas en el Calendario Nacional de Vacunación son obligatorias, universales y gratuitas. Si bien aún no se posee información sobre la inclusión de la vacuna contra el virus SARS COV-2 en dicho calendario, lo cierto es que el propio artículo 7 declara su obligatoriedad, al ser “indicada en una situación de emergencia epidemiológica”.

Frente a este escenario, intuitivamente podría plantearse que el Estado ejerza la facultad de demandar la vacunación compulsiva de la población -comprendida en el artículo 14 de la mencionada ley-, tal como ha sido contemplado en el pasado por el Ministerio Público Tutelar de la CABA en caso de menores. Sin embargo, pese a la efectividad de dicha medida en casos particulares, su potencial compulsividad a gran escala podría generar efectos contraproducentes.

Al encontrarnos en un momento en el que la ideología permea fervientemente en la formulación de posturas individuales frente a la ciencia -véase, por ejemplo, el álgido debate en torno a la aplicación de la vacuna rusa Sputnik V producto de su dudosa metodología- , la obligatoriedad forzosa podría tener un efecto disuasivo. Teniendo en cuenta que se trata de la implementación de una política a gran escala, deben contemplarse otros mecanismos por sobre la coacción.

Es por ello que la segunda y más pertinente alternativa sería reservarse dicha compulsividad en última instancia para contrarrestar a sectores minoritarios anti-vacunas, previendo otros mecanismos destinados hacia los escépticos. Uno de ellos podría ser ampliar la exigibilidad del Carnet Unificado de Vacunación (CUV). Este documento individual de registro ya se demanda para ingresar y egresar del ciclo lectivo, para tramitar DNI/pasaporte/residencia/licencia de conducir y para cobrar asignaciones familiares y monetarias no retributivas. La propuesta sería entonces ampliar su requerimiento tanto en los lugares de trabajo, como para la recepción de todo tipo de transferencias directas que realice el Estado hacia particulares.

Con la aplicación de esta propuesta se evitaría recaer en prácticas coactivas, ofreciendo una alternativa logística que suponga un menor costo de monitoreo, pasible de garantizar la vacunación comprendiendo tanto a sectores formales como informales. La reciente aprobación de la Ley 27.573 que declara de interés público a las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 es un paso fundamental en esta dirección.

Al mismo tiempo, para evitar profundizar el escepticismo ciudadano será imprescindible que se expidan favorablemente los organismos especializados en el control riguroso de los estándares de calidad de la vacuna. De esta manera, tanto la aprobación por parte de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) como el aval de la Comisión Nacional de Inmunización (CoNaIn) -organismo técnico de asesoramiento reconocido por la OMS- se presentan como instancias fundamentales para dotar de legitimidad a la futura política de vacunación.

Deberá ser el Ministerio de Salud quien lidere esta estrategia de ampliación del Carnet Unificado de Vacunación, ejerciendo el rol de coordinador interministerial junto con el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Desarrollo Social. En paralelo, dicha política deberá darse en el marco de una fuerte campaña de difusión educativa arraigada en el conocimiento especializado a cargo de organismos técnicos, para así evitar que la posverdad le gane a la pospandemia.


** Este artículo se escribió en el marco de la materia «Diseño e Implementación de Políticas Públicas en Argentina» de la Maestría en Políticas Públicas de la Universidad Torcuato Di Tella. Los anteriores artículos pueden verse acá.


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Martín H. Barros

Martín (@tinchobarros) es abogado especializado en Derecho Internacional Público por la Universidad de Buenos Aires, y licenciado en Relaciones Internacionales por la Universidad de Londres (bajo la dirección académica de London School of Economics). Actualmente es candidato a Magíster en Políticas Públicas por la Universidad Torcuato Di Tella.

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